SEGURO MEDICO

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El pasado 10 de Agosto fue publicado en Registro Oficial No. 55 del año 2017 entró en vigencia completa el reglamento de la Ley Orgánica de Movilidad Humana, (para leer el artículo de los nuevos cambios a la ley puede hacer aquí), y entre las disposiciones que aparecen es el requisito para las personas extranjeras con visa de residencia que las hayan obtenido antes o después de la publicación de la Ley de Movilidad Humana, 6 de febrero del 2017, esto significa que todos los extranjeros residentes en Ecuador deben por ley obtener un seguro de salud público o privado, los que obtuvieron sus visas de residencia antes del 6 de febrero del 2017, tienen hasta el 8 de noviembre del 2017 como fecha límite para presentar el justificativo de tener un seguro de salud público o privado. Si bien no está especificado que si el seguro de salud debe ser de Ecuador o Internacional, el 4 de Julio del 2017 la entidad de control de los Seguros de Ecuador, Superintendencia de Compañías, hizo una publicación de advertencia a los ciudadanos ecuatorianos y extranjeros para contratar seguros ofrecidos por empresas extranjeras en Ecuador relacionado con el cumplimiento de las leyes de Ecuador en reclamos. (Aquí puede leer la resolución de la superintendencia de Compañías)

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