SERVICIO DE SEGURO MEDICO
El pasado 10 de Agosto fue publicado en Registro Oficial No. 55 del año
2017 entró en vigencia completa el reglamento de la Ley Orgánica de
Movilidad Humana, (para leer el artículo de los nuevos cambios a la ley puede hacer aquí),
y entre las disposiciones que aparecen es el requisito para las
personas extranjeras con visa de residencia que las hayan obtenido antes
o después de la publicación de la Ley de Movilidad Humana,
6 de febrero del 2017, esto significa que todos los extranjeros
residentes en Ecuador deben por ley obtener un seguro de salud público o
privado, los que obtuvieron sus visas de residencia antes del 6 de
febrero del 2017, tienen hasta el 8 de noviembre del 2017 como fecha
límite para presentar el justificativo de tener un seguro de salud
público o privado. Si bien no está especificado que si el seguro de
salud debe ser de Ecuador o Internacional, el 4 de Julio del 2017 la
entidad de control de los Seguros de Ecuador, Superintendencia de
Compañías, hizo una publicación de advertencia a los ciudadanos
ecuatorianos y extranjeros para contratar seguros ofrecidos por empresas
extranjeras en Ecuador relacionado con el cumplimiento de las leyes de
Ecuador en reclamos. (Aquí puede leer la resolución de la superintendencia de Compañías)
0 comentarios:
Publicar un comentario